La Defensoría dio detalles del caso de un joven con padecimiento mental y su función como órgano de protección de sus derechos
“Nuestra función es de defensores, no disponemos de la libertad para detenerlos o internarlos”
La Defensoría informó sobre el caso, reclamado por la madre de un adolescente con padecimiento mental, en el cual la Defensoría y la Administración de Apos intervienen en virtud de la integridad de ella y de su hijo que padece esquizofrenia.
En diálogo con una emisora local el Defensor General Dr. Gastón Mercado Luna explicó las actuaciones de la Defensoría, en el caso ajustada al marco legal (ley provincial 10.210/ Derecho a la protección de la salud mental de todas las personas y en pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental en todo el territorio provincial y Ley nacional 26.657 derecho a la protección de la salud mental y los derechos reconocidos en los instrumentos internacionales
Mercado Luna explicó que se realizó un abordaje integral entre las diferentes instituciones para el resguardo psicofísico del usuario, principal sujeto de protección de esta Defensoría en todas las instancias del tratamiento, ya sea de internación o ambulatorio
Los instrumentos legales determinan que las derivaciones para tratamientos ambulatorios o de internación que se realicen fuera del ámbito comunitario donde vive la persona sólo corresponden si se realizan a lugares donde la misma cuenta con mayor apoyo y contención familiar o social. En este caso, el Defensor explicó que el caso no reunía dichas condiciones
La madre fue recibida por las autoridades de la Defensoría, el Dr. Gastón Mercado Luna, el Dr. Martin Yoma, Defensor adjunto y el Dr. Jorge Guillen, médico psiquiatra junto a la Dra. Paula Pellicci responsables de la Unidad de Salud Mental explicándole que el equipo interdisciplinario es quien determina si corresponde o no el traslado.
En este caso la madre pidió la intervención de la Defensoría e inmediatamente se dio respuesta a su pedido ordenando el traslado de su hijo a una clínica de la capital en la que reside actualmente y que la obra social APOS cubra dicha internación; a las 24 horas estaba el procedimiento realizado con intervención del Servicio de Emergencias 107. Días después la mama nuevamente solicita el traslado de su hijo a un dispositivo en Buenos Aires; ahí se produce la confusión, APOS no decide el traslado, no tiene esa facultad, aclaró Mercado Luna; el traslado lo define un equipo interdisciplinario”, finalizo
Apos recibe el pedido pero la Administradora no tiene facultad para firmar un traslado, no decide sobre sobre la salud de la persona, eso lo hacen tres facultativos que evalúan la situación de la persona y sì en la provincia no hay un sistema que garantice el tratamiento adecuado. La Defensoría, tiene como principal objetivo proteger los derechos de esa persona que está padeciendo; no custodiar los derechos de los que no tienen padecimiento y tienen un problema derivado de la enfermedad, para resolverlos existen otros mecanismos de la justicia q son el Juzgado de instrucción, la Fiscalía o el juzgado de violencia de Genero donde puede radicar la denuncia si se siente amenazada”, explicó
La internación no tiene por qué ser una condena, cabe destacar que el joven en cuestión tiene un hermano que hace 10 años está internado en Buenos Aires en un lugar que no reúne las condiciones mínimas de humanidad y en donde no se conoce si tuvo un avance o una evolución de su enfermedad. “Esa es nuestra principal preocupación”, remarcó
“Nuestra función es defender los derechos de aquellas personas que no pueden ejercerlos por sí mismos, aun en un sentido diferente al de la familia, y monitorear el progreso del sujeto que protegemos”.
Esto se está cumpliendo: el joven está internado, hemos recibido a la mamá y se le explicó que nosotros no disponemos el traslado, ni APOS tampoco; sino que es una decisión en la que interviene el equipo interdisciplinario; nosotros siempre vamos a priorizar las garantías de esa persona que está internada que pareciera que carece de derechos y tiene que ser aislada”- hay que recuperar el sentido de solidaridad frente a la enfermedad mental”, reflexionó
Además el Defensor recalcó que el hecho de tener una enfermedad psiquiátrica no lo torna peligroso. No lo podemos estigmatizar, no es el estado el único responsable, es la sociedad que está empezando a expulsar a los jóvenes con problemas de todo tipo.
Lo que se necesita para disponer la internación de una persona es el aval de un equipo interdisciplinario compuesto por tres personas que indiquen un traslado y luego será APOS quien lo derive como lo hizo en otras ocasiones.
Es evidente que en la cuestión mental el Estado y la Sociedad la tienen que trabajar en conjunto; al igual que los institutos de internación que deben ser custodiados para que no se conviertan en depósitos de personas”
Actualmente el joven está en proceso de evaluación en una clínica de la capital tal como lo pidió su mama luego de concluido ese proceso, la misma clínica determinará si continúa en la misma institución o si necesita un tratamiento de mayor complejidad que no lo puede brindar la misma institución, en cuyo caso los facultativos emitirán un certificado que acredite dicha derivación y la Defensoría controlara ese proceso.
