El MPD estuvo presente en La Feria del Libro 2017

/ julio 5, 2017

  EL MPD ESTUVO PRESENTE EN LA FERIA DEL LIBRO 2017


El MPD estuvo en la Feria del Libro, inaugurando un ciclo de conferencias sobre los temas más importantes de nuestra organización. En esta oportunidad de habló sobre el trabajo cotidiano de las Asesorías de Menores e Incapaces, principalmente en cuanto al Derecho a la Cuota Alimentaria, y el trabajo cooperativo con el Registro de Deudores Alimentarios en Mora (REDaM), como organismo de control.

En primer término se subrayó que la cuota alimentaria es un derecho humano, con protección y garantía constitucional, y que los principales sujetos que tienen la obligación son, en este orden:

1) Los parientes en línea recta: ascendientes/ descendientes. Sin preferencia en una u otra dirección ni limite de grado.

2) Parientes colaterales, en segundo grado: hermanos

3) Pariente afin: suegros/ nueras/ yernos/ padre afin.

Se destacó la importancia del derecho a la cuota alimentaria, y el deber de acercarse a un Asesor de Menores para percibir la misma, como así también detallar los gastos completos del menor. Se puntualizó que cada caso es particular y debe ser analizado para determinar el monto y la forma de pago.

En cuanto al REDaM se explicó que es un recurso más del Estado para proteger a quienes, con derecho a reclamar alimentos, no perciben los mismos por el incumplimiento de la persona que tiene una obligación  reconocida judicialmente.

Se detalló que para que una persona sea inscripta en el REDaM, considerada como deudora alimentaria en mora, primero debe estar fijada la cuota de alimentos, sea monto fijo o porcentaje, por el juez o Asesor de Menores; y en segundo lugar debe tener adeudado 3 meses consecutivos o 5 alternados. Cabe destacar que solo los jueces o los Asesores de Menores intervinientes en las causas, y lo deben ordenar mediante un oficio.

Ante el incumplimiento, si tiene cuota alimentaria dispuesta por un juez, se debe solicitar al mismo, por medio de su Asesor de Menores, que disponga la inscripción en el Registro. El juez verificará la falta de pago, y si corresponde oficiará al Registro. Ahora, si la cuota alimentaria es fijada por un Asesor de Menores, la beneficiaria denunciará el incumplimiento en la Oficina de depósitos, y pedirá que se realice el trámite de inscripción.

Como organismo regulador y de control, impone ciertas restricciones para quienes están registrados como deudores alimentarios: Obtener su carnet de conducir, acceder a un préstamo bancario, transferir la titularidad de un negocio, obtener habilitaciones comerciales, ingresar a la Administración Pública, ni ser proveedor del Estado.

Para salir del registro, debe ponerse al día con la cuota alimentaria.

Si usted tiene alguna consulta, puede dirigirse al Registro de Deudores Alimentarios en Mora o a la Asesoría de Menores por calle San Nicolás de Bari 823, de 8 a 13hs y de 16 a 21hs.

La próxima charla es el martes 4 de julio a las 18 hs, sobre la Defensa Penal del MPD en la Sala Héctor David Gatica. Y el miércoles 5 de julio a las 18hs, en la Sala Miguel Bravo Tedín, sobre el Modelo de Acceso a la Justicia del MPD.

 

[Best_Wordpress_Gallery id=»7″ gal_title=»FERIA DEL LIBRO 2017″]

 

Compartir esta entrada

Dejar un Comentar